T.Método:
Colorantes prohibidos
Entrada 72 del Reglamento (UE) 2018/1513 de la Comisión por el que se modifica el anexo XVII del Reglamento REACH (CE) no 1907/2006
La información facilitada por la autoridad competente en el ámbito de aplicación de la presente Directiva se incluirá en el anexo I.
Países aplicables:
Francia; Italia; Alemania; España; Países Bajos; Reino Unido; Bélgica; Suecia; Polonia
Requisito/límites:
Productos textiles en contacto con la piel
Dispersión azul 1 / rojo básico 9 / violeta básica 3 con ≥ 0,1% de cetona de Michler: 50 mg/kg (cada uno)
Ámbito de aplicación del producto:
Componentes textiles, de cuero, de impresión o de recubrimiento